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OTRO COMERCIO ES POSIBLE : Intervención de Cuca Hernández en el Congreso de los Diputados

OTRO COMERCIO ES POSIBLE

Cuca Hernández de la Mora

ATTAC[1] nació al llamamiento de desarmar los mercados en 1998, y en el Estado Español lleva reclamando justicia fiscal y financiera global desde el año 2000.

Desde hace casi siete años, dentro de la campaña ciudadana Contra los Tratados de Comercio e Inversión , venimos reclamando una política económica y comercial que sirva para el interés público y actúe en favor de un futuro común. Las reglas de comercio globalizado actuales no están funcionando para la inmensa mayoría. Únicamente funcionan para el beneficio de los ya ricos y poderosos (empresas multinacionales, fondos de inversión) en contra de los derechos de la ciudadanía, especialmente de las más vulnerables, y de la supervivencia del planeta.

La crisis financiera de 2008, el empeoramiento de la crisis climática y ambiental mundial y la actual pandemia del Coronavirus y sus consecuencias sociales y económicas demuestran que esos acontecimientos se están acumulando, y que no se puede dejar en manos de los mercados las soluciones.

El coronavirus ha hecho saltar las frágiles costuras de un comercio globalizado. En febrero, cuando creíamos que la pandemia era una cuestión de China o de Corea del Sur, el cierre de fábricas en China amenazó el suministro de componentes de empresas occidentales automovilísticas, moda o electrónica.

Posteriormente la interconexión de un mercado globalizado se ha demostrado ineficaz para garantizar la resiliencia de la sociedad ante la falta de suministro de material sanitario, y la dificultad de cubrir las necesidades con una producción local insuficiente, debido a la deslocalización de la mayoría de los productos.

Las medidas de confinamiento han maltratado especialmente al tejido social y empresarial, cerrando pequeños comercios mientras las multinacionales como Amazon, Glovo etc. seguían haciendo negocio.

Una vez más la realidad ha puesto en evidencia la falacia del mercado autoregulado. La crisis por el coronavirus ha demostrado que el mercado no da respuestas a las necesidades sociales y, más aún, aquellos defensores del mal llamado libre mercado acuden como moscas a la miel a reclamar al Estado ayudas y rescates, que con frecuencia se niegan a conceder a aquellos más vulnerables.

Las críticas al régimen de comercio e inversión se extiende a sectores cada vez más amplios. Una importante cantidad de artículos han puesto en duda uno de los pilares ideológicos de la economía global que llevamos arrastrando desde de los años noventa, que vaticinaba que la llegada de capital extranjero sólo se garantiza otorgando seguridad jurídica a dichos capitales. Entendiendo que tal tipo de seguridad se lograría mediante la firma de acuerdos de libre comercio y de inversiones.

Mientras las evidencias escasean en cuanto a los supuestos beneficios para los países del actual régimen de comercio y de inversiones, sí somos conscientes de los impactos ambientales, sociales y del coste que está suponiendo a los gobiernos ser parte de esta red de tratados de comercio y de inversión.

Por ejemplo, Impacto en el clima: El comercio internacional es directamente responsable de 1/3 de las amenazas de pérdida de biodiversidad en el mundo; es responsable de una gran cantidad de emisiones de CO2 (por la necesidad de tener grandes infraestructuras para transportar bienes que necesitan energía); y ahora están siendo utilizados para paralizar proyectos encaminados a bloquear legislaciones para adaptarse a las metas de la COP21 de París.

Sin embargo la Unión Europea, y hasta ahora, el gobierno español, siguen adelante con su agenda de tratados de comercio e inversión, habiendo firmado dos durante estos meses en que la sociedad estaba confinada: el tratado con Vietnam y la renovación del tratado con México . Mientras, el foco mediático y político estaba en solucionar las crisis sanitaria, social y económica causada por la Covid19. La UE tiene una agenda extensa de tratados, la mayoría de ellos incluyen cláusulas de protección de los inversores como el ISDS, que permite a las multinacionales demandar a los Estados cuando las leyes promulgadas pueden limitar sus expectativas de ganancias. En la agenda, y de forma prioritaria se está volviendo a negociar un tratado con EE.UU. , y el tratado UE-Mercosur. Estas propuestas siguen siendo una apuesta por la agroindustria más contaminantes, por una dependencia de energía fósiles (en el mejor de los casos biocombustibles, que puede suponer la desforestación del Amazonas), por la externalización de la producción y la pérdida de la soberanía alimentaria, además de aumentar los riesgos para la salud por la relajación de normas sanitarias y fitosanitarias. Y, por supuesto, también supondrá el aumento de la especulación financiera sobre bienes de primera necesidad.

Como indicaba recientemente Gustavo Duch “Es muy loco pescar en Alaska, procesar en China y venderlo en EE.UU. fileteado y listo para freír. Es muy loco cultivar soja en el Amazonas, mandarla a España para engordar lechones traídos de Dinamarca, y terminar exportando lomo a la Conchinchina.” Por ello es un atentado contra la inteligencia que exista unos tratados de comercio internacional que permita traer productos desde la otra parte del mundo que perfectamente se podrían producir aquí. Y este tipo tratados atentan contra la soberanía alimentaria, la biodiversidad, los derechos sociales y laborales.

TODOS LOS DERECHOS, NINGUNA OBLIGACIÓN

Los tratados de comercio e inversión de nueva generación, incluyen una serie de cláusulas que protegen de forma amplia los derechos de los inversores extranjeros, atando las manos de los gobiernos a la hora de cambio de políticas de protección social, medioambiental, recuperación de la gestión pública de los servicios o simples regulaciones más estrictas que obliguen a los inversores a mejorar su producto para proteger los derechos del consumidor.

Los preámbulos generales que recientemente incluyen los tratados de defensa de los derechos humanos, el medioambiente etc. son simples declaraciones de intenciones que no comprometen. Por ejemplo se hacen referencia a la necesidad de cumplimiento de los acuerdo de la COP21 de París, pero no se estipulan exigencias ni sanciones en caso de incumplimiento.

Y en cuanto a la excepción general incluida en los tratados, que excluye aquellos servicios de interés general no económicos, prestados en exclusiva por el Estado sin entrar en competencia con otros proveedores, sirve para proteger a las fuerzas armadas y a la judicatura, que son los pocos servicios que el Estado presta en esas condiciones. Hasta la seguridad pública tiene su competencia privada.

De entre las cláusulas que protegen al inversor, debemos destacar la Cláusula de Resolución de Conflictos entre Inversores y Estados (ISDS por sus siglas en inglés) , supone un atentado a la democracia, ya que permite a los inversores demandar a los Estados, en tribunales arbitrales privados, por cualquier cambio legislativo que consideren lesivo para sus aspiraciones de beneficios.

Es lo que Juan Hernández Zubizarreta denomina la lex mercatoria, un nuevo Derecho Corporativo Global con el que los derechos de las compañías multinacionales se blindan mediante un ordenamiento jurídico global basado en reglas de comercio e inversiones, cuyas características son imperativas, coercitivas y ejecutivas, a la vez que, por otro lado, sus obligaciones se remiten a unas legislaciones nacionales que se encuentran sometidas a la lógica neoliberal, a un Derecho Internacional de los Derechos Humanos que ha demostrado ser manifiestamente frágil y a una responsabilidad social corporativa (RSC) caracterizada por su voluntariedad, unilateralidad y falta de exigibilidad jurídica.

En estos momentos nos encontramos con que las medidas presentadas por los gobiernos para resolver la pandemia y la crisis económica están incentivando el interés de la industria del arbitraje internacional. Un estudio reciente del TNI y CEO analizan las informaciones públicas de los despachos de abogados especializados en inversiones quienes ya están asesorando a sus clientes (multinacionales, inversores) sobre las “las vastas protecciones que los acuerdos de inversiones” les ofrecen para hacer reclamaciones contra las medidas de emergencia de la COVID19.

Es por todo esto que el sistema de comercio y de inversión está muy dañado, tanto política, como popularmente incluso legalmente. Sobre esto último, el 6 de marzo de 2018 el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) en el caso Achmea encontró́ la incompatibilidad de la cláusula de arbitraje en los tratados internacionales de inversión entre países miembro de la UE.

El Alto Tribunal en su decisión sobre la incompatibilidad de los Tratados Bilaterales de Inversión con el derecho de la UE se refiere a que mediante la acción de firmar un TBI: “resulta de un tratado mediante el cual los Estados miembros se comprometen a sustraer de la competencia de sus propios tribunales y, por tanto, del sistema de vías de recurso judicial”

Según el Alto Tribunal: “incumbe a los órganos jurisdiccionales nacionales y al Tribunal de Justicia garantizar la plena aplicación del Derecho de la Unión en el conjunto de los Estados miembros y la tutela judicial de los derechos”

Siguiendo esta decisión, el 15 de enero de 2019, 22 representantes de los Estados miembros de la Unión Europea INCLUYENDO ESPAÑA firmaron una declaración política donde acuerdan dar por terminados los Tratados Bilaterales de Inversión entre países de la UE, pero además extienden el compromiso hacia otros tratados, como el Tratado sobre la Carta de la Energía. En esta declaración España (junto con otros 22 países miembro de la UE) se compromete a poner fin al arbitraje de inversiones entre países miembro de la UE.

Al ser España el país más afectados por las demandas millonarias debería ser el mayor interesado en llevar adelante estas discusiones. España tiene actualmente 35 demandas pendientes bajo el TCE, y actualmente, el Gobierno disputa una batalla legal con ocho inversores que están intentando acelerar el cobro de 739 millones de euros como resultado de los laudos arbitrales favorables.

Declaración política incluida: “Además, los acuerdos internacionales concertados por la Unión, incluido el Tratado sobre la Carta de la Energía, son parte integrante del ordenamiento jurídico de la UE y, por lo tanto, deben ser compatibles con los tratados.”

Quisiera centrarme en los dos tratados que desde la campaña consideramos los más dañinos en estos momentos: UE-Mercosur y el tratado Carta de la Energía

TRATADO UE-MERCOSUR

El tratado se terminó de negociar el 28 de junio de 2019 y cuyos textos fueron publicados el 12 de julio y el 9 de septiembre de ese mismo año, aunque todavía incompleto y en fase de revisión legal. Desde la sociedad civil denunciamos la irresponsabilidad por parte de la UE de firmar un acuerdo con un negacionista del cambio climático como Bolsonaro.

Después de que en agosto se difundieran internacionalmente los incendios en el Amazonas para expandir la frontera de las plantaciones de soja y el ganado, el presidente Macron anunció que Francia ya no apoyaba el acuerdo porque el presidente brasileño había violado su promesa de respetar el Acuerdo de París. Recientemente también el parlamento holandés ha rechazado la ratificación del tratado, esta vez por los perjuicios a la producción agrícola y ganadera europea.

El tratado UE-Mercosur es un nuevo ejemplo de cómo los gobiernos negocian acuerdos comerciales a espaldas de los ciudadanos sin ningún control o escrutinio democrático. Se negoció durante 20 años en secreto.

La homogeneización de las normas y reglamentos es uno de los principales objetivos de los acuerdos comerciales para reducir los costos asociados al comercio. Sin embargo, esta “armonización reguladora”, que en efecto conduce a la minimización de las normas y controles, podría poner en riesgo la salud humana o ambiental.

¿Quién se beneficiará de las nuevos situación?

Una vez que entre en vigor, este acuerdo mantendrá y profundizará las asimetrías existentes.

En la UE, el sector industrial, los capítulos de contratación pública, servicios, derechos de propiedad intelectual, y servicios financieros donde las corporaciones europeas son económicamente más fuertes.

En el Mercosur, el agronegocio que aumentará la concentración de las grandes explotaciones agroindustriales, y profundizará la cría intensiva de ganado mediante corrales de engorde para reducir costes.

¿En que nos perjudicará?

La explotaciones agrícolas familiares y la ganadería extensiva serán las perjudicadas económicamente.

También la salud pública ya que el acuerdo no establece estándares de protección animal, ni de calidad para la carne que llega a la UE bajo el nuevo esquema tarifario.

Aunque el tratado incluya un compromiso de cumplimiento de las medidas planteadas la COP21 de París, el acuerdo UE-Mercosur supondrá a un aumento en la emisión de gases de efecto invernadero y expandirá la deforestación. Las estimaciones a este respecto varían de menos del 1% (LSE, 2019) a un aumento de más del 30% (Grain, 2019) de las emisiones de CO2 (y en estas cifras ni siquiera se tienen en cuenta otros gases de efecto invernadero). Esto llega en un momento en que finalmente se están haciendo esfuerzos significativos para reducir las emisiones con el fin de combatir el cambio climático, y cuando la UE presentó recientemente su Acuerdo Verde (Green Deal) para alcanzar la neutralidad de carbono en 2050.

Además no prevé mecanismos exigibles para implementar las disposiciones del capítulo de comercio y desarrollo sostenible, ni para garantizar la implementación del Acuerdo de París o cualquier otra disposición mencionada en el capítulo de Comercio y Desarrollo Sostenible (TSD), por ejemplo, aquellos para combatir la tala ilegal o implementar estándares laborales fuertes.

Este tratado, como otros anteriormente crea una serie de órganos técnicos y burocráticos, fuera del control democrático, y permeables los intereses de los lobbies. Algunos de estos órganos tienen competencias que van a desarrollar el acuerdo y pueden ser representantes de los Estados, pero también “partes interesadas” de las grandes corporaciones. Tampoco hay garantía de que haya una responsabilidad democrática de estos grupos.

En estos momentos se encuentra en el proceso de depuración legal, que ya ha demostrado ser un proceso altamente político, y no es improbable que se realicen cambios significativos. Lo mismo sucedió con el proceso de revisión del CETA: aproximadamente el 20% del texto cambió durante la revisión técnica en febrero de 2016.

Este tratado contiene una cláusula de resolución de conflictos entre estados bajo el paraguas de la OMC, pero nada impide la incorporación de nuevos temas el ISDS una vez que el acuerdo entre en vigor. En los últimos años, la UE ha impulsado la “modernización” de sus acuerdos de asociación con Chile y México, promoviendo la inclusión de un capítulo de Inversión que incluye cláusulas de protección de la inversión extranjera (ISDS).

TRATADO CARTA DE LA ENERGÍA

En 1994 el Gobierno de España firmó y ratificó sin ningún tipo de estudio de impacto ni debate público un tratado internacional para regular el mercado de la energía. Lo que quizá no intuía es que ese documento, años después, endeudaría las arcas públicas y podría impedir el desarrollo de una legislación para luchar contra el cambio climático. Hablamos del Tratado sobre la Carta de la Energía (en adelante TCE). El tratado entró en vigor en 1998 y actualmente lo participan 53 países.

Si bien el TCE incluye regulaciones para el comercio de la energía, la piedra angular del este tratado es la protección a las inversiones. El TCE protege las inversiones relacionadas con actividades económicas en el sector energético de prácticamente cualquier tipo: abarca todas las fuentes de energía (petróleo, gas, carbón, nuclear, renovables); a lo largo de toda la cadena de suministro, incluyendo la extracción, refinación, producción, almacenamiento, transporte terrestre, transmisión, distribución, comercio, comercialización o venta de materiales y de productos energéticos. También incluye servicios como la construcción de infraestructuras para la energía, la prospección, la asesoría, la dirección y proyectos. Además, el TCE es el primer y único tratado internacional que considera la eficiencia energética como una fuente importante de energía. Sin embargo, las inversiones en la reducción de la demanda de energía no están protegidas bajo el régimen del TCE.

Aparte de ésta, es difícil imaginar alguna actividad en el sector de la energía que no esté amparada por el TCE. Nada apuntaba a que aquel tratado, firmado inicialmente para garantizar el suministro de energía fósil, iba a ser la piedra de toque que impidiera la lucha contra el cambio climático y que endeudaría las arcas públicas de muchos Estados.

El Reino de España es, a día de hoy, el más demandado bajo el Tratado de la Carta de la Energía en el CIADI y en la Cámara de Comercio de Estocolmo. De un total de 46 demandas, tan solo tres de ellas han sido resueltas a favor del Estado, mientras que 16 fallaron a favor del inversor. España está condenada a pagar 1.046 millones de euros en concepto de indemnización por los “daños” generados a inversores extranjeros que invirtieron en el sector energético. Sin embargo, con más de 35 demandas pendientes de resolverse, la cifra a pagar podría ascender a 8.000 millones de euros. Aunque las sentencias de estas demandas fueran favorables al Estado, nunca se podría decir que “España ha ganado”, ya que solo los costes arbitrales ascienden a millones de euros. Según afirman algunas personas expertas, es previsible que en el futuro se den muchas más demandas contra España al amparo del TCE.

Hay que señalara que muchas de estas demandas están hechas desde países de la Unión Europea, como Holanda y Luxemburgo, y once de ellas están presentadas por inversores españoles bajo empresas pantalla radicadas en estos países.

Los motivos de estas demandas, para mayor ironía, son los recortes a las renovables. Ironía porque más de la mitad de las 40 demandas han sido presentadas por un fondo de capital u otro tipo de inversor financiero con vínculos con los sectores del carbón, el petróleo, el gas y la energía nuclear.

En el marco del TCE, Bulgaria y Hungría ya han sido demandados por cientos de millones de euros, en parte por limitar las ganancias de las grandes compañías eléctricas y presionar para que se bajaran los precios de la electricidad. Abogados especializados en inversiones están estudiando la posibilidad de emprender acciones parecidas contra el Reino Unido, donde el Gobierno ha propuesto un precio máximo sobre la energía para terminar con las facturas abusivas.

El TCE es incompatible con el cumplimiento de los compromisos climáticos de la UE y España, fijados en el Acuerdo de París y el Pacto Verde Europeo. El TCE representa uno de los grandes obstáculos para la puesta en marcha de medidas de acción climática que caminen hacia la descarbonización de los sistemas energéticos y la transición hacia sistemas con bajas emisiones de gas carbono.

PROPUESTAS PARA DISEÑAR OTRO COMERCIO POSIBLE

La COVID19 nos ha demostrado que el diseño actual del mercado no tiene los mecanismos para satisfacer las necesidades de la mayoría social. Por ello reclamamos un cambio en las reglas, y proponemos:

● Suspende la negociación de cualquier tratado bilateral o multilateral de comercio e inversión.

● No ratificar el tratado Unión Europea Mercosur por los riesgos ecológicos que supone en la región Amazónica y para el planeta, además del soporte que supone a un gobierno infractor de los derechos humanos.

● Dar los pasos necesarios para denunciar (de manera unilateral o multilateral) los tratados de protección de inversiones existentes.

● Instaurar auditorias que analicen costes y beneficios económicos y sociales de los tratados de comercio e inversión actuales y en negociación.

● Retirar el consentimiento al mecanismo de solución de disputas inversor-Estado (ISDS) para limitar la exposición a demandas de los inversores.

● Suspender el pago de deudas pendientes como resultado de los laudos en casos inversor-Estado. O, al menos, discutir el alivio o la reestructuración de las deudas ISDS con los acreedores.

● Trasparencia en los órganos de cooperación reguladora. Publicidad de la composición y curriculum de los técnicos. Convocatorias públicas de las reuniones y actas publicitadas con nombres y justificación de los asistentes.

● Salir del Tratado Carta de la Energía y recurrir ante los tribunales las sentencias que obligan al pago al Reino de España.

● Denunciar ante los tribunales europeos las demandas hechas desde Holanda y Luxemburgo por ser países dentro de la UE, de acuerdo a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que declaró que el arbitraje de inversión resultante de un Tratado Bilateral de Inversión (TBI) entre Holanda y Eslovaquia era contrario al derecho comunitario de la Unión Europea.

DESPUÉS DE LA COVID19 ABRIR PERSPECTIVAS PARA OTRO SISTEMA SOCIO-ECOLÓGICO

Queremos plantear un cambio de modelo de la globalización. Sabemos que el proceso ha de ser lento, y que va a contar con resistencias políticas y economías, pero se trata de poner la vida en el centro, reforzar las sociedades y sustituir el mercado y sus reglas por el intercambio entre comunidades y pueblos.

Podemos comenzar por recuperar el control de la democracia, evitando que de facto nos gobiernen un poder no elegido, las corporaciones transnacionales y los gestores de las reglas del mercado.

Reclamamos por ello que el gobierno de España apoye sin reservas el Tratado Vinculante que se está elaborando en la ONU en Ginebra, y que se incluyan mecanismos de sanción para aquellas multinacionales que incumplen con los derechos humanos.

SOBRE COMERCIO EN SERVICIOS.

● La mayoría de los servicios públicos garantizan la vida y cuidados de las personas, y deben protegerse y limitar el acceso del mercado a ellos. Han de ser un bien público, y los tratados deberían definir claramente los servicios esenciales protegidos, e incluir al menos sanidad; educación; agua en todos los tramos de suministro, potabilización y reciclaje; asistencia a mayores y dependientes; transporte público, y gestión de vías y carreteras; seguridad ciudadana, y posiblemente muchos otros.

● Se debería declarar la energía como un derecho humano.

● Las persona deben tener derecho a ejercer su soberanía sobre los datos que genera, y debe prohibirse la comercialización de los datos personales, historiales médicos, crediticios o de actividades cotidianas. Ningún tratado de comercio puede atentar contra esto.

● Cualquier futura herramienta que ayude a monitorizar, prevenir o curar la salud de las personas ha de ser un servicio de propiedad y gestión pública, y no puede ser sujeto de especulación y comercio.

● El Estado ha de tener la obligación de proteger los derechos digitales de las personas por encima de los intereses comerciales.

SOBRE COMERCIO EN AGRICULTURA

● Las explotaciones familiares y la ganadería extensiva se deben proteger como garantía de conservación de la biodiversidad y de protección del entorno.

● Se deberían eliminar las subvenciones a aquellas explotaciones nefasta para el medio ambiente, e incentivar aquellas explotaciones sostenibles y reducir el uso de recursos y las emisiones de gases de efecto invernadero del sector agrario.

Es el momento de reforzar la capacidad de resiliencia de las comunidades y de las personas frente a futuras crisis. Por eso las medidas planteadas anteriormente, han de ser reforzadas con una mayor democracia participativa, que permita transparencia y rendición de cuentas. La gente y las organizaciones de la sociedad civil necesitan saber lo que se está negociando y acordando, y poder participar. Es imprescindible que los inversores y las empresas rindan cuenta y sean responsables de los impactos para las personas y el medio ambiente en sus actuaciones.

Bibliografía adjunta:

Justicia privatizada. El Estado español y los mecanismos de resolución de controversias inversor-Estado – Autores: Beatriz Plaza y Pedro Ramiro -Observatorio de Multinacionales en América Latina (OMAL) – Paz con Dignidad – Consulta de datos: Enero de 2016 – Edición: Junio de 2016

GUÍA PRÁCTICA PARA ENTENDER LOS TRATADOS DE COMERCIO E INVERSIÓN- Varios autores -2018

UN TRATADO PARA GOBERNARLOS A TODOS
Publicado por Corporate Europe Observatory (CEO) y el Transnational Institute (TNI) – Bruselas/Ámsterdam, abril de 2019 (versión original en inglés publicada en junio 2018)

EL ACUERDO ENTRE EL MERCOSUR Y LA UNIÓN EUROPEA
Estudio integral de sus cláusulas y efectos por Luciana Ghiotto y Javier Echaide – Febrero de 2020

[1] https://attac.es/