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Las consecuencias del TTIP y del CETA: por qué es necesario abrir un debate público serio

Adoración Guamán El Diario / Arguments

Manifestantes contra el TTIP EFE
Manifestantes contra el TTIP EFE

La Unión Europea se encuentra sumida en una crisis de legitimidad que lejos de solventarse se agrava día a día. Desde el ámbito económico al de los derechos humanos, desde el plano social al político, desde Grecia al Reino Unido, las graves carencias de partida y de funcionamiento y las profundas disfuncionalidades del proceso de integración en Europa se evidencian de una manera cada vez más acusada.

Aun así, e incluso a pesar del drama diario al que las decisiones de los Jefes de Estado y de Gobierno de la UE condenan a los miles de personas que buscan refugio legítimo, el Eurobarómetro sigue mostrando que las y los europeos mantenemos una opinión mayoritariamente neutra al respecto de la UE. Es cierto que, tomando como muestra el conjunto de los 28 Estados miembros, vemos cómo en los últimos meses del año pasado la percepción positiva con respecto de la Unión bajó 4 puntos, hasta quedarse en un 37%, mientras que el porcentaje de ciudadanía con percepción negativa de la UE aumentó otro 4% (23%). Pero el 38% de la población sigue manteniendo una opinión neutra o una “no opinión”, reflejo del amplio desconocimiento de las acciones y políticas de la UE y de su impacto para nuestras vidas diarias.

En el Estado español la paradoja es todavía más acusada. A pesar de que el impacto de la aplicación de las medidas de austeridad recomendadas por la UE sobre el empleo y el bienestar ha sido gravísimo y aun cuando el modelo de relaciones de trabajo y de protección social ha transitado hacia la precariedad y la desregulación siguiendo las líneas establecidas por las medidas de gobernanza económica de la UE, aceptadas con entusiasmo por el Partido Popular, un 46% de la población sigue manifestando una “neutralidad” respecto de la Unión y una amplia mayoría de personas afirman que la pertenencia a la UE es, en conjunto, una buena cosa para su vida diaria.

Muy posiblemente, la deficiente información respecto de las políticas de la Unión sea una de las variables que explican la lenta evolución del posicionamiento crítico respecto de la UE en el Estado español. Buena prueba de ello, quizá el tema más llamativo en los últimos tiempos, es el poco relieve mediático-informativo que ha suscitado la negociación y firma de extensos acuerdos de comercio e inversión con terceros países y muy en concreto la Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión con Estados Unidos (TTIP por sus siglas en inglés). Ausente en los grandes debates de política nacional y sin ser objeto de los titulares de los grandes media, el tratado en ciernes está suscitando una respuesta creciente entre los movimientos sociales y activistas que, aunque todavía lejos de la movilización existente en países como Alemania, empieza a dar frutos interesantes. Así, son ya 5 Comunidades Autónomas y 140 municipios los que han aprobado una moción contra el acuerdo, entre los que se encuentran Barcelona, Sevilla, Valladolid o Lleida, y los actos contra el TTIP se suceden. En sentido contrario, la Comisión Europea, y del Ministerio de Economía español, están respondiendo con una contundente campaña a favor de la firma del acuerdo, con abundantes actos, documentos, panfletos y páginas web destinadas a promocionar las supuestas ventajas del acuerdo. Tanto es así que la propia Comisión Europea ha enviado una carta a los ayuntamientos “rebeldes”, insistiendo en los beneficios del tratado para pymes y consumidores.

Existe por tanto una clara polarización de las posiciones del debate entre detractores y defensores del acuerdo, pero el tema sigue sin ser objeto de un debate público amplio, que permita que la ciudadanía conozca las razones y el contenido de este acuerdo y, todavía más importante, de los tratados que siendo muy similares al TTIP ya se han aprobado o están en la fase ya final de su proceso de elaboración. Con el objetivo de animar este debate, van a apuntarse a continuación algunas de las posibles consecuencias de estos acuerdos sobre nuestro entorno más cercano.

Un largo proceso de negociación

Como es bien sabido, la negociación del TTIP comenzó oficialmente el 17 de julio de 2013, día en el que el Consejo de la Unión Europea aprobó un documento, las directrices de negociación, que no se desclasificó hasta el 9 de octubre de 2014 y que contiene los objetivos y contenidos fundamentales del tratado, cuya finalidad primordial es, al menos sobre el papel, conseguir maximizar el comercio y la inversión entre la UE y Estados Unidos. Para ello, el documento enmarca los contenidos del tratado en tres grandes pilares: el acceso al mercado; la cooperación reguladora y el establecimiento de normas comunes de obligado cumplimiento entre ambas Partes, incluyendo la protección a los inversores extranjeros y un mecanismo de solución de controversias inversor-Estado. Este amplio contenido ha justificado que el TTIP, al igual que el CETA (EU-CanadáComprehensive Economic and Trade Agreement), sea bautizado como un «Tratado de Nueva Generación» dado que estos tratados sobrepasan la finalidad típica de los acuerdos de comercio e inversión para enfocarse en un objetivo mayor, como es el control o la incidencia en los procesos de formación de las normas a ambos lados del Atlántico.

Es muy importante remarcar que el 26 de septiembre de 2014 terminaron las negociaciones del CETA y que su firma oficial está ya prevista para el mes de octubre de este año. Ambos tratados, CETA y TTIP, tienen una fisonomía similar y objetivos comunes, con distinto ámbito geográfico, lo que nos permite mediante la lectura del primero conocer una buena parte del contenido del segundo, que sigue manteniéndose en condiciones de semi-opacidad y que está en plena negociación. De hecho, hasta el momento se han realizado 12 rondas de negociación en las que ambas partes han ido fijando posiciones y desarrollando el futuro contenido del acuerdo, pero no se ha hecho público el contenido concreto de lo negociado, tan solo las ofertas con las que la UE ha acudido a estos encuentros con la otra Parte. La voluntad de impulsar la firma del tratado, que ya casi nadie confía que pueda estar listo antes del final de la Presidencia de Obama, ha acelerado las negociaciones y se prevé que antes del verano tengan lugar dos rondas más donde se vayan cerrando ya diferentes partes del acuerdo.

Desde el principio de las negociaciones la Comisión Europea dejaba clara su línea discursiva, que parte de la afirmación de que la política comercial es la principal fuerza estabilizadora en el momento de crisis y que para potenciarlo deben realizarse tratados bilaterales con países en todos los continentes, en particular con EEUU. En esta línea, la Comisión se empeñó en promover el acuerdo afirmando los beneficios económicos que de su firma podrían derivarse, publicando una serie de estudios donde se resaltan las consecuencias positivas para el crecimiento económico y para el empleo que han sido muy criticados. Según el informe más optimista (elaborado por el CEPR), la liberalización del comercio y el impulso de la inversión extranjera van a suponer un crecimiento de la economía de la Unión Europea de aproximadamente 120.000 millones de euros (un 0.5% de su PIB). En términos laborales, el informe afirma que los salarios para los trabajadores, cualificados y no cualificados, tenderían a aumentar un 5% y que el número de puestos de trabajo dependiente del comercio podría aumentarse en la UE en “varios millones”. Un tiempo después, la propia Comisión corrigió las expectativas en una nota explicativa, donde reconoció la falta de fundamento del excesivo optimismo. Sin embargo, y aun a pesar de la corrección, el pasado año se publicó un informe sobre el impacto del TTIP en la economía española, financiado por la Cámara de Comercio, la CEOE y el Instituto de Estudios Económicos, que, siguiendo la misma metodología, llegóa afirmar que “el efecto acumulado durante los cinco primeros años tras la toma del acuerdo supondría un incremento total del PIB de 36.743,3 millones de euros y una creación de 334.836 nuevos empleos, como fruto exclusivo del acuerdo”. Curiosamente, en ninguno de los dos informes se mencionan las posibles consecuencias negativas de la desviación de comercio o la deslocalización de empresas sobre el empleo ni el impacto en el plano cuantitativo, cuestiones que la propia Comisión había reconocido y que han sido resaltadas en diversosestudios académicos que pronostican tanto una caída del PIB en los países más ricos dela UE como una afectación importante sobre el nivel de empleo.

¿Cuáles pueden ser las consecuencias de la firma de estos Tratados?

Pero, más allá de estas posibles y muy debatidas repercusiones económicas ¿cuáles pueden ser los efectos directos de la aprobación de estos tratados, CETA y TTIP sobre el día a día? La pregunta no es fácil y está siendo el objeto de largos enfrentamientos cruzados entre detractores y defensores pero podemos apuntar aquí los puntos de fricción más importantes, con el objetivo de promover el debate público sobre los mismos. Para ello vamos a utilizar la habitual división del contenido de estos tratados en tres grandes pilares, señalando una o dos consecuencias que de cada uno de ellos pueden derivarse.

El primer pilar tiene el objetivo tradicional de todo tratado de libre comercio, es decir, facilitar el comercio de bienes entre las partes y equiparar los niveles de libertad que tienen las empresas para prestar los servicios en el territorio de las dos partes a los niveles máximos de liberalización que existen en otros acuerdos de libre comercio. Los principales beneficios derivados de este pilar serían, según la Comisión, fundamentalmente dos: el impulso del comercio de las pymes con Estados Unidos y el acceso de las mismas al mercado de contratación pública de este país. Ambas cuestiones han sido muy criticadas. En primer lugar porque sólo 70.000 de las pymes españolas, de entre los 3.178.408 de pymes existentes, exportan actualmente con EEUU. La posibilidad de aumentar este número de empresas exportadoras por la reducción de aranceles, teniendo en cuenta que el 95.9% del total de empresas españolas son micro-pymes, sigue siendo una cuestión debatida y sumamente cuestionada. En segundo lugar, la promesa de la apertura del mercado de contratación pública estadounidense a las empresas españolas, y europeas, tampoco es un tema pacífico y el resultado de la Ronda 12 deja claro que no ha habido avances respecto de la postura conservadora de EEUU, reacio a abrir su mercado. Por añadidura, no puede olvidarse que la libre circulación de servicios conlleva cada vez más a menudo el traslado de trabajadores para la prestación de los mismos. Una vez liberalizado un servicio prestado de esta manera, un Estado no puede utilizar su normativa interna sobre entrada o estancia temporal de trabajadores para menoscabar los compromisos asumidos en el acuerdo de libre comercio, como el acceso al mercado o el trato nacional. Todo ello puede implicar la aplicación de las normas laborales del país de origen, por ejemplo de Estados Unidos, a trabajadores que estén prestando sus servicios laborales en España, con el consiguiente impacto sobre nuestro sistema de relaciones laborales ya per se considerablemente “americanizado”

El segundo gran pilar del tratado es la llamada «cooperación reguladora». Hay unanimidad entre los comentarios tanto académicos como políticos y activistas respecto del TTIP y del CETA al señalar que el principal elemento de distinción entre este acuerdo y otros tratados comerciales anteriores, incluidos los realizados en el ámbito de la OMC, es la inclusión con carácter obligatorio de una serie de mecanismos de Cooperación Reguladora. Se afirma, en este sentido, que un 80% de las ganancias que supuestamente implicará el acuerdo resultarán tanto de la liberalización del comercio de servicios y de la contratación pública como (fundamentalmente) de la reducción de los costes impuestos por la burocracia y las regulaciones. Las críticas por las repercusiones que la voluntad de aproximar legislaciones puede tener son muy abundantes y tocan diversos planos. Uno de los más controvertidos es la cuestión de las denominaciones de origen. La UE mantiene, y así publicita en sus documentos, que el TTIP va a conseguir una ampliación de la lista de denominaciones de origen protegidas. Lo cierto es que no ha habido, según los resultados de la Ronda 12, ningún avance en la materia, derivándose a la siguiente negociación la discusión del tema. No obstante, es bien sabido que la normativa estadounidense, con algunas excepciones, protege las denominaciones bajo la legislación relativa a las marcas pero no de manera específica porque su objetivo no es proteger una determinada producción sino evitar la confusión del consumidor. Así, la normativa estadounidense, a diferencia de la europea, no permite la protección de las denominaciones de origen y, de hecho, Estados Unidos ha sido uno de los oponentes más serios frente a las pretensiones del establecimiento de la protección de las denominaciones de origen a nivel internacional. Nada hace esperar que esta postura cambie, cuando, por ejemplo, en el Tratado Trans-Pacífico firmado por doce países, entre ellos EEUU, el 4 de febrero en Nueva Zelanda, se prohíbe la protección de las denominaciones de origen. No cabe duda de que se trata de una de las cuestiones que más deben preocupar a los productores europeos y en particular a los de zonas como Francia o España.

El otro punto controvertido es la voluntad de aproximar legislaciones laborales utilizando para ello como referente los convenios de la Organización Internacional del Trabajo, cuando ni Canadá ni Estados Unidos se acercan al nivel de ratificaciones y de protección de estos derechos que se mantiene, a trancas y barrancas, en países europeos como los anteriormente mencionados. De hecho, Canadá no ha ratificado dos de los ocho convenios fundamentales (el derecho de sindicación y de negociación colectiva y el 138, sobre la edad mínima de admisión al empleo) mientras que EEUU solo ha ratificado dos de los ocho Convenios y 13 del resto, mientras que España ha ratificado 55. Cualquier intento de homogenización con estas bases no puede ir sino en sentido contrario a la protección de los derechos de las y los trabajadores.

Nos quedan por tratar los posibles efectos del tercer pilar, cuyo objetivo es el establecimiento de reglas de obligado cumplimiento para ambas partes sobre materias concretas, entre las que destaca la protección de la inversión y los mecanismos de solución de controversias inversor-Estado. Las protestas por las consecuencias que podría provocar un mecanismo de arbitraje (el conocido como ISDS) han conseguido un cambio de táctico de posición de la Comisión Europea que ha propuesto una modificación del mecanismo de resolución de controversias, un “nuevo y transparente sistema para resolver disputas entre inversores y Estados” que pasa a llamarse ICS (Investment Court System). Las principales modificaciones son las siguientes: sustitución, al menos nominal, de los árbitros por jueces “totalmente cualificados”; introducción de mecanismos para asegurar la transparencia en las decisiones e inclusión de una doble instancia que permita la apelación de las resoluciones de manera que el mecanismo de resolución quedaría conformado por el “Tribunal de Primera Instancia” y el “Tribunal de Apelación”. A pesar de estos cambios en denominaciones y la introducción de una doble instancia, el ICS sigue orientándose al establecimiento de una vía paralela y privilegiada para que los inversores extranjeros protejan sus inversiones, eludiendo la normativa estatal y los tribunales nacionales. Las consecuencias potenciales seguirán siendo, por tanto, las que ya se vienen derivando de la aplicación de los 2.278 tratados bilaterales de inversión vigentes que permiten a las empresas inversoras demandar a los Estados cuando vean mermado o amenazado su beneficio. Esto ha tenido una repercusión directa sobre actuaciones político/normativas de control del fracking, las moratorias nucleares, la protección medioambiental, sanitaria, etc., con un último y sonado caso en Galicia respecto de la mina Corcoesto y la empresa canadiense Edgewater.

A pesar de todo lo antedicho, de que el tratado sigue negociándose y de que no hay un calado mediático suficiente, según el Eurobarómetro de 2015, un 63% de personas se han manifestado en España de manera favorable al TTIP, situándonos por encima de la media de la Unión (53%) en cuanto al apoyo a este acuerdo. De hecho, gracias en buena parte a la acción de las campañas, el porcentaje de ciudadanía que en la UE se muestra crítica con el TTIP ha crecido en 4 puntos en el último año, con Austria, Alemania y Luxemburgo a la cabeza, siendo Lituania y Rumanía los más convencidos.

Cada vez queda menos tiempo para el debate sobre las consecuencias que estos tratados pueden tener sobre los sistemas democráticos y los modelos sociales que existen entre los Estados miembros de la UE. La aprobación del CETA, respecto del cual la Comisión Europea pretende evitar que se pronuncien los Estados, está a la vuelta de la esquina y de producirse será, sin duda, la antesala para la entrada del TTIP. La publicidad institucional no es, de ninguna manera, la vía idónea para informar a las mayorías sociales sobre estos acuerdos y sus repercusiones, al contrario, lo que se requiere con urgencia son espacios, y disposición, para el debate abierto y público sobre los mismos.

Adoración Guamán es Profesora titular de Derecho del Trabajo en la Universitat de València. Autora de «TTIP, el asalto de las multinacionales a la democracia», publicado en la editorial Akal en 2015.