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La autonomía municipal amenazada por la nueva generación de tratados

Sandra Soutto – ATTAC País Valencià-Castelló

Una nueva generación de tratados de comercio e inversión se impone. La Comisión Europea de Comercio negocia sin la participación ciudadana y con la participación de las empresas multinacionales, la Asociación Transatlántica de Comercio e Inversiones, conocida por sus siglas en inglés TTIP que se negocia con EE.UU, el Acuerdo sobre el Comercio de Servicios (TiSA) que se negocia entre 22 estados y la Unión Europea, y el  Acuerdo Integral Económico y de Comercio con Canadá, (CETA), pendiente de ratificación.

El gobierno del PP y los defensores de estos tratados pretenden liberalizar determinadas barreras “no arancelarias” (controles sanitarios, fitosanitarios, de calidad, de seguridad y protección  a los trabajadores y a los usuarios), asegurando las inversiones extranjeras, con la finalidad de aumentar las exportaciones nacionales, promover la eficacia económica, la especialización, y combatir el desempleo. Pero una reducción de controles, como la pretendida por los negociadores, perjudicaría los derechos laborales, los derechos del consumidor, el medio ambiente y a la autonomía municipal, como ha pasado con el NAFTA (Tratado de comercio e inversiones para América del Norte).

Las multinacionales aprovechándose de sus mayores economías de escala, ofrecerán sus productos a precios más bajos, e impondrán un modelo económico basado en, la competitividad y los bajos salarios, amenazando la supervivencia de las empresas locales del sector, ya que las empresas que no consigan vender lo que producen no podrán obtener beneficios ni cubrir costes, no podrán ni mantener ni generar puestos de trabajo. Las que sobrevivan lo harán como subcontratistas de las multinacionales a precios muy bajos, modificando sus procesos productivos y bajando los salarios para cumplir las condiciones leoninas que impondrán las multinacionales.

Estos tratados consagran el principio de igualdad de trato, que impondrán a las autoridades un trato igualitario entre multinacionales y empresas locales, impidiendo el desarrollo de políticas de impulso a la economía local. Es decir, con estos tratados las multinacionales podrán participar en los concursos convocados por los Ayuntamientos y hacerse con los contratos públicos, ya que gozan de mayores ventajas comparativas que las empresas locales, y además, podrían controlar a las autoridades municipales en la gestión de ayudas y subvenciones a las empresas locales, mediante la amenaza de demandas arbitrales.

De no evitarse la aprobación y ratificación de estos tratados de comercio e inversión desaparecerá la economía local tal como la entendemos ahora, ya que las empresas nacionales no podrán competir con las multinacionales ni en territorio nacional ni en EEUU, bajo estas reglas, y debemos tener en cuenta que el 66% del total de los trabajadores en España, son empleados por las pequeñas y medianas empresas (PYMES), que representan el 99,88% de las empresas españolas. Entonces, si el TTIP y el TiSA se aprueban, o el CETA se ratifica, ¿qué clase de empleo se generará?.

El TTIP, el TiSA y el CETA en cumplimiento de los dogmas neoliberales, facilitarán las privatizaciones de los servicios públicos mediante su externalización, para aumentar la rentabilidad económica de los mismos, e impedirán su posterior remunicipalización, al incluir en los mismos la llamada “cláusula trinquete”. Lo cedido, será lo perdido.

Es decir, si el Ayuntamiento quisiera recuperar la gestión del agua y de la energía con la finalidad de asegurar su suministro a todas las familias del municipio, esto no sería posible. Ni tampoco se podrían reducir las externalizaciones de los servicios en el ámbito regional, como pretenden el PSPV y la coalición Compromís, ya que los inversores transnacionales, a través de las demandas indemnizatorias (ISDS), les impondrían unos costes multimillonarios, que difícilmente la economía valenciana podría afrontar.

Además, se ha de evitar la aprobación y ratificación de estos tratados porque amenazan la capacidad normativa de las instituciones municipales, autonómicas y estatales, a través de un órgano transnacional denominado Consejo de Cooperación Reguladora, formado por los negociadores, incluidas las multinacionales, y encargado de busca la convergencia de las normativas entre los estados miembros para evitar los conflictos entre inversores extranjeros y estados. Así, aunque en las negociaciones no se lleguen a tomar acuerdos en determinados puntos, el Consejo de Cooperación Reguladora podrá vetar las normas dictadas por nuestros representantes políticos, democráticamente elegidos. Por ejemplo, si el Ayuntamiento para proteger a la ciudadanía, regula el uso, transporte o almacenamiento de productos molestos, tóxicos o peligrosos en su término municipal, y alguno de los inversores extranjeros asentados en el municipio ven peligrar sus beneficios por la medida en proceso de adopción o adoptada, este órgano vetaría dicha norma. Éste órgano le confiere al TTIP el carácter de superconstitución.

Otro instrumento que legitimaría estos tratados para limitar la capacidad de decisión de las instituciones democráticamente elegidas, es el ISDS, mecanismo de resolución arbitral de conflictos que los inversores esgrimen contra las actuaciones normativas de los Estados receptores de la inversión. Es decir, los inversores extranjeros, y sólo ellos, porque los Estados no podrán utilizar este mecanismo, podrán demandar a los estados receptores de la inversión ante tribunales arbitrales, por cualquiera de las siguientes causas:

a) La discriminación que puedan sufrir ante los inversores locales o nacionales, por ejemplo en la contratación pública o ante la concesión de ayudas y subvenciones.

b) Expropiación directa o indirecta; como ocurrió con la modificación de la legislación sobre las energías renovables realizada por el gobierno del PP, por la que los inversores extranjeros se sintieron expropiados de sus beneficios al no haberse mantenido la anterior legislación sobre renovables.

c) Lucro cesante derivado de cualquier acción pública que pueda perjudicar la obtención de beneficios por las inversiones extranjeras hechas en el municipio. Como ejemplo, basta recordar el caso Castor, almacén de gas submarino situado en las costas de Vinaròs, cerrado por el gobierno para proteger a la población, después de producirse más de 500 seísmos, por lo que fue condenado a indemnizar con más de 1.300 millones de euros a ACS.

Los tribunales arbitrales encargados de resolver estas demandas se constituyen ad hoc para cada una de ellas, por miembros de destacadas firmas internacionales de abogados especializados en este tipo de litigios, y sólo las multinacionales pueden permitirse pagar las facturas de estos abogados, que suelen cobrar hasta 1.000 dólares la hora. Demandas que, en un 70% de los casos suelen ser ganadas por los inversores transnacionales. Si fuera al contrario, se acabaría el negocio para las firmas de abogados, que frecuentemente se ven implicados por conflicto de intereses.

En conclusión, estos tratados legitiman el trasvase de recursos económicos de la ciudadanía a las grandes multinacionales, mediante las indemnizaciones multimillonarias impuestas a los estados receptores de la inversión, en detrimento de la salud pública, la educación, y otros gastos público socialmente necesarios.